Régimen Informativo de Mercado Cambiario

Descripción

La RG 1926/05 establece un régimen de información, respecto del ingreso de fondos radicados en el exterior, que deberá ser cumplido por las personas físicas, juridicas, sucesiones indivisas y demás entidades, residentes, que se indican a continuación:
a) ordenantes con intermediación de entidades financieras,
b) quienes ingresen los fondos al país en forma directa, o
c) titulares de los fondos que actúen por intermedio de alguna entidad o persona no residente, que ingrese en forma directa o, en su caso, ordene a través de entidades financieras el ingreso de fondos. Asimismo, se encuentran alcanzados por el presente régimen los ingresos cambiarios por ventas de activos externos de los residentes en el país.
Este aplicativo es la herramienta que la A.F.I.P. brinda a los contribuyentes obligados para cumplir con lo establecido en la citada Resolución General.


Novedades:
Actualiza la tabla de "Código de Provincia" de acuerdo a lo establecido por la Ley. (14/01/2016).

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