Por medio de la Resolución de Consejo Directivo Nº 46/2021, nuestro Consejo adoptó, la Resolución Técnica Nº 53 “Modificación de la Resolución Técnica N° 37 ‘Normas de Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificaciones, Servicios Relacionados e Informe de Cumplimiento’’. Dicha resolución tendrá vigencia: (según Res. P. 391/2022)
Tipo de encargo
Vigencia
Estados contables
A partir de los ejercicios iniciados el 1° de septiembre de 2022 inclusive, y los períodos intermedios comprendidos en los referidos ejercicios.
Demás encargos
A partir del 1° de septiembre de 2022 inclusive. A tal fin se considerará la fecha del informe del Contador Público, no admitiéndose su aplicación anticipada.
Entre las principales modificaciones introducidas, se destacan:
Una nueva estructura del informe del auditor.
La inclusión de nuevos servicios en los Capítulos V y VIII.
Mejoras en la redacción de los procedimientos para el control interno, lo que enriquece el enfoque basado en riesgos.
Profundización de la explicación de los procedimientos de auditoría para la identificación de hechos contables posteriores.
Modernización de términos relacionados con la documentación del encargo y el proceso de auditoría en general.
Incorporación de normas incluidas y vigentes en Interpretaciones de la FACPCE.
Clarificación de las tareas referidas a la obtención de elementos de juicios sobre la utilización del principio contable de empresa en funcionamiento.