Los Jubilados y Pensionados, con su aporte personal y el aporte de los trabajadores en actividad, acceden a la cobertura de PAMI. No obstante ello, pueden realizar opciones de cambio de obras sociales a aquellas que estén inscriptas para recibirlos.
Quienes finalizan su trámite jubilatorio pueden elegir de inmediato una obra social si no desean permanecer en PAMI.
La asignación de obras sociales, para el trámite de una Jubilación o una Pensión, se efectuará teniendo en cuenta las siguientes pautas:
• Si tenías una Obra Social Provincial o el IMOS (Instituto Municipal de Obras Sociales) continuarás con la misma Obra Social que tenías en actividad.
• Si tenías DIBA, OSFA o IOSE (Personal Civil de las Fuerzas Armadas), podés elegir entre continuar con la que tenías en actividad u optar por el INSSJyP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados).
• Si la Obra Social fuese la del Personal Ferroviario, se debe asignar el INSSJyP, según lo dispuesto en el Dictamen Nº 9777 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
• Si tenías otra no mencionada en los puntos anteriores, se te asignará el INSSJyP.
• Si se trata de un trabajador autónomo o de un trabajador afectado al Régimen Simplificado - Monotributistas Ley 25.239, se debe asignar INSSJyP.
Una vez que firmás la opción de cambio, la vigencia comienza a partir del tercer mes siguiente de realizada la opción. La fecha de vigencia constará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM). Desde la fecha de vigencia deberás contar dos meses más para que el Aporte Solidario de la Jubilación sea acreditado en la cuenta en Simeco. Los Jubilados y Pensionados pueden ejercer su opción de cambio una vez por año calendario, en cualquier fecha.
Recordá que teniendo el código de descuento del INSSJYP (PAMI, código 318) en tu recibo de haberes, podés hacer uso de la opción de cambio de obra social para Jubilados y Pensionados. En este caso, podés derivar los aportes a Simeco a través de la obra social con la que SIMECO tiene convenio para recibirlo.